Claves para entender el quebranto de moneda

El quebranto de caja, también conocido como quebranto de moneda, es un complemento salarial abonado por la empresa al trabajador para compensarle los posibles riesgos y pérdidas que pueda experimentar por realizar operaciones con dinero. De esta manera, no se configura como una contraprestación vinculada al desempeño del trabajo, sino como una indemnizaciónque en principio no tendría por qué ser abonado durante las vacaciones, aunque hay que atender al convenio y cláusulas contractuales.

¿De quién es el riesgo?

En las operaciones con dinero pueden producirse errores que terminan produciendo descuadres en las cajas de las empresas. Imaginemos que durante una venta el cajero se equivoca y cobra de menos ¿a quién afecta la pérdida? El empleado trabaja a cambio de un sueldo y la empresa disfruta de los resultados de su trabajo (explota sus frutos), de modo que en principio la pérdida será de la empresa, ya que no afectará al salario. Igual pasará si el trabajador se equivoca en un pago. Forma parte del riesgo asumido por la organización, del mismo modo que se podría ver beneficiada por los errores en positivo que no sean reclamados por los clientes. Visto de esta manera, no tendría sentido compensar al trabajador por los posibles desajustes negativos, pero todo depende de la naturaleza del puesto y de cómo sea pactado con la empresa.

Cuando el riesgo afecta al empleado

Si los quebrantos de caja repercuten en el cajero, este debería ser compensado por un riesgo que es inherente a su trabajo, aunque actúe de buena fe, ya que no estamos hablando de robos, sino de desajustes lógicos e involuntariosdentro de la manipulación de dinero.

Si no se abonara quebranto de moneda, la empresa no podría exigir que el trabajador asuma las pérdida producidas por el manejo de dinero.

De esta manera, estamos ante un complemento salarial que tendrá sentido cuanto mayor sea la cantidad de dinero manipulada y cuanto mayor sea el riesgo asumido por el trabajador. Si no hay riesgo de perjuicio para este último, no tendría por qué aplicarse indemnización alguna. El importe de la indemnización irá en consonancia con el porcentaje de error aceptable que se calcule sobre los importes normalmente manejados por el empleado. Hay que aclarar que en algunas sentencias ya ha quedado patente que este complemento salarial no compensa las pérdidas derivadas de un hurto, así que no podrán aplicarse descuentos en el mismo, por dicho motivo.

Base de cotización

Desde la publicación del Real Decreto-ley 16/2013, de 20 de diciembre, el quebranto de moneda o caja se incorpora a la base de cotización junto a otros suplidos.

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