Cómo pagar los impuestos de vacaciones y a distancia

Gracias al Real Decreto 828/2013, que modifica el Reglamento de IVA y otros Reglamentos de contenido Tributario, así como el Real Decreto 960/2013, que modifica el Impuesto de Sociedades, existe la obligación de presentar las declaraciones mensuales de IVA y Retenciones correspondientes al mes de julio, dentro de los 20 primeros días del mes de agosto. Por ello, hay quien se queda sin vacaciones para presentar los impuestos, y hay quien se los lleva a la playa, se conecta unas horas y paga los impuestos.

Hoy en día las soluciones de movilidad son una realidad de las que disponen muchas empresas, nuestro trabajo se encuentra a nuestra disposición en cualquier lugar y a cualquier hora para que podamos trabajar desde donde queramos y cuando queramos, para ello nos basta con un PC portátil, una tablet o un smartphone.

¿Cómo pagar los impuestos fuera de la oficina?

Existen diferentes opciones para pagar los impuestos online, entre las cuales destacaremos las siguientes

  1. Lo primero y fundamental es obviamente tener una conexión a Internet. Para buscarla, no tenemos que ir muy lejos, seguro que nuestro móvil tiene conexión a Internet. Si es así, podemos conectarnos desde un PC o tablet compartiendo la conexión del teléfono móvil, en ajustes y activando la opción punto de acceso Wi-Fi.
  2. Una vez conectados, si trabajamos con aplicaciones en la nube estas nos permitirán conectarnos con nuestro programa de gestión para cumplir con las obligaciones tributarias.
  3. Si no disponemos de aplicaciones en la nube, podemos dejar domiciliados los impuestos, pero para ello tenemos que darnos prisa en cerrar el mes, cada día que nos retrasemos, se retrasa nuestra salida de vacaciones.
  4. Si el trabajo administrativo lo realizan otros, somos meros presentadores de los impuestos y no utilizamos un programa que nos genere los modelos tributarios, podemos pedir que nos envíen los datos para la presentación electrónica de los formularios de las liquidaciones, para cumplimentar en línea y enviar directamente. Para ello, debemos tener instalado un certificado electrónico y, en el caso del modelo 303, además con Cl@ve PIN si se trata de una persona física. Para realizar la presentación hay que acceder a la presentación de declaraciones desde la opción «presentar y consultar declaraciones de la Sede Electrónica» y seleccionando el modelo que se desea presentar.
  5. En el caso de que nuestro programa de gestión genere un fichero para su presentación, se puede utilizar la opción » importar datos de fichero» para trasladar los datos de la declaración al formulario. En cuyo caso, es recomendable comprobar el diseño lógico del mismo para evitar errores.

¿Qué es le NRC y cómo obtenerlo?

Si no se domicilian las declaraciones, para realizar el ingreso se deberá obtener primero el NRC y después presentar la autoliquidación. El NRC es el Número de Referencia Completo, un código de 22 caracteres que facilitan las entidades bancarias que sirve como justificante del pago y en el que se incorpora de forma cifrada la información del NIF del declarante, importe, modelo, ejercicio y periodo.

Dispone de varias vías para efectuar el pago y obtener el NRC:

  • Contactando directamente con la entidad Bancaria o a través de su página web si ésta ofrece este servicio, como en el caso del Héroe Fiscal.
  • A través de la pasarela de pagos de la Agencia Tributaria, a la que puede acceder desde el botón «OPTATIVO: Obtener NRC» o bien desde la opción de la Sede Electrónica Pago de impuestos.

Al cumplimentar en el formulario los datos relativos al pago, si todo es correcto la respuesta será un NRC que deberá introducir posteriormente en el pago de la autoliquidación en el campo habilitado para ello.

Y si el resultado es pagar, el préstamo para impuestos del Héroe Fiscal es una opción que debemos de considerar si tenemos dificultades para afrontar el pago.

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