Concurso de acreedores es una palabra temida por cualquier empresario. Se trata de un reto tanto para la empresa como para el empresario. Pero no olvidemos nunca que el concurso de acreedores no es el problema, sino la solución. El verdadero problema es la insolvencia, la resolución del concurso de acreedores dependerá en parte de la gestión del propio concurso, pero también de la gravedad de la situación de insolvencia.
Es lógico el temor a que el concurso de acreedores, que no olvidemos que es un proceso lleno de inconvenientes, termine con la liquidación de la empresa, pero hay que tratar de evitar esa liquidación y, en todo caso, el empresario tiene vida más allá de la liquidación. Se pueden presentar varias alternativas.
El concurso de acreedores puede terminar con un convenio
Es, en principio, la mejor solución. Se trata de un acuerdo en el que los acreedores nos pueden conceder un mayor espacio de tiempo para pagar (una espera) y nos pueden perdonar una parte de la deuda (una quita).
Además, en el convenio se podrán incluir soluciones alternativas, tales como la conversión de los diferentes créditos, con excepción de los acreedores públicos, en “acciones, participaciones o cuotas sociales, obligaciones convertibles, créditos subordinados, en créditos participativos, en préstamos con intereses capitalizables o en cualquier otro instrumento financiero de rango, vencimiento o características distintas de la deuda original” según el artículo 100.2 de la Ley Concursal, que es la ley que regula estos procesos concursales.
Eso significa que el concurso nos obligará a negociar, y a convencer a diversas clases de acreedores, en función de la clasificación de los créditos. Podemos convencer a los acreedores sobre la pertinencia de que asuman una pérdida (porque les devolvamos menos de lo que les debíamos o porque se lo paguemos más tarde) con el fin de evitar otra pérdida mayor en caso de que la empresa se liquide. Y también les podemos convencer de que la deuda que tenemos con ellos se puede transformar en una relación en otras condiciones, que permitan ganar a acreedor y deudor.
Pero una cosa es llegar a firmar un convenio y otra que, con el paso del tiempo, ese convenio se muestre viable. Para luchar por la viabilidad del convenio es muy importante construir un marco adecuado de relaciones no solamente con los acreedores sino también con los trabajadores y otros terceros como proveedores, clientes, etc.
Hemos de ser conscientes de que el concurso afecta a nuestros proveedores y clientes y de que hay que reconstruir una relación. De lo que se trata es de que la situación de concurso no sea una marca que impida el establecimiento de una mínima relación de confianza que permita cumplir el convenio y salir adelante.
Por lo tanto, planificación y negociación son dos exigencias para salir del concurso llegando y cumpliendo un concurso. Si, a pesar de llegar a un convenio, nos es imposible cumplirlo, nos veremos en la misma situación que si no hubiéramos llegado al convenio, tendremos que afrontar la liquidación de la empresa.
¿Qué hacemos si la empresa se liquida?
Un aspecto previo es el de la calificación del concurso, que puede proceder incluso en algunos casos en los que se llegue a un convenio. Como consecuencia de la calificación del concurso pueden surgir supuestos especiales de responsabilidad (incluyendo supuestos de responsabilidad de los administradores), inhabilitación y pérdida de derechos. Incluso, en los casos más graves, se han podido producir delitos por los que los responsables hayan de ser sancionados. Las personas afectadas tendrán que afrontar las consecuencias.
Pero, en todo caso, la liquidación tiene un doble componente de pérdida patrimonial. Por un lado, lo normal es que, tras la liquidación, los propietarios hayan perdido toda su inversión. Por otro lado, existe un impacto en la imagen de los gestores de la empresa y hay que saber gestionar la crisis de reputación. En todo caso, lo que nunca se puede perder es el conocimiento adquirido sobre el sector concreto en el que participaba la empresa liquidada.
Normalmente las personas implicadas, como propietarios o gestores, de una empresa que ha sido liquidada deberán plantearse seriamente, dentro de sus posibilidades legales en función de la calificación del concurso, buscar trabajo en el sector o en otro en el que puedan aplicar sus conocimientos, o bien realizar una nueva inversión empresarial.
En caso de realizar una nueva inversión, el know-how adquirido durante el tiempo en el que se ha estado luchando por la empresa liquidada será la primera aportación a la nueva empresa. Igual que una empresa ha de tener capacidad para reinventarse, el empresario ha de saber emplear sus cualidades y experiencias para poder reinventarse en caso de ser necesario.
Y también existen casos en los que la liquidación afecta a una de varias empresas en las que tenemos nuestras actividades. En esos casos deberemos plantearnos una posible reorientación de la parte que se salva y lo normal es que nos centremos en esa parte.
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