El difícil arte de embargar un pagaré

El embargo de créditos está a la orden del día. Hacienda, la Seguridad Social o un tercero cualquiera puede embargar en cualquier momento los créditos que un proveedor tenga frente a nosotros. Ahora bien, teniendo en cuenta el modo en que muchos de estos créditos se movilizan, cabe preguntarse, por ejemplo, si puede embargarse un pagaré. La respuesta vendría a ser que no, pero conviene realizar una serie de matices al respecto.

Dilucidar si es posible embargar un pagaré es importante por distintos motivos. Para el acreedor está claro que es una vía para su cobro, pero para el librador y librado del pagaré, para el obligado del pago, tener claro a quien debe satisfacer su importe no es cuestión baladí, ya que estará deseando saber cómo queda liberado de dicha obligación.

Para empezar, si aún no se ha emitido el pagaré lo que hay es un derecho de crédito, y ese es perfectamente embargable. Por tanto, si llega el embargo antes de la emisión del mismo, no se podrá emitir sin mas el pagare, si no que se deberá retener la cantidad requerida por el embargo, y sólo por la cantidad sobrante se podrá emitir el pagaré.

Ahora bien, esto no responde a la pregunta que nos hacíamos, ya que aquí ni siquiera existe el pagaré. ¿Que ocurre cuando este ya ha sido extendido?

  • Si el pagare aún no se ha entregado al proveedor embargado, debemos entregarlo a quien nos solicita el embargo. Siendo realistas, es bastante raro este caso, ya que la emisión del pagaré suele coincidir con la entrega del mismo (en mano o por correo).
  • Si el pagaré ya ha sido entregado al proveedor, y esta en poder del mismo, deberá entregarlo si le llega un embargo.
  • Si como suele ser habitual, ya sido descontado, es decir,ha habido una transmisión por endoso a un tercero, el embargo llega tarde (otra cosa es que se pueda solicitar información por porte del embargante sobre dicha transmisión para acreditar algún tipo de alzamiento de bienes o de acto en perjuicio de acreedores). El emisor del pagaré está obligado al pago al que sea tenedor en cada momento del pagare, el crédito se ha transmitido, y no hay ya nada que hacer.

Así que, como vemos, al incorporarse el crédito al pagaré y posteriormente transmitirse, la posibilidad de que esa embargado se pierde. Unicamente en los momentos previos al nacimiento del pagaré, o si este figura en poder del embargado, es posible la posibilidad del embargo del pagaré, pero como afirmamos es estadísticamente improbable.

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