La Reforma Fiscal modifica la deducción por gastos de difícil justificación del IRPF de los autónomos

La Reforma Fiscal nos trae una novedad en el IRPF que afecta directamente a los autónomos, ya que se cambia la aplicación de la deducción por gastos de difícil justificación en el apartado de rendimientos de actividades económicas.

Esta deducción servía para que el autónomo pudiera minorar su rendimiento deduciendo gastos que no podía justificar, por ejemplo por ausencia de las facturas de esos gastos.

El funcionamiento de la deducción

Hasta ahora las personas que declaraban este tipo de actividades en estimación directa simplificada calculaban su rendimiento neto por la diferencia entre los ingresos obtenidos en sus actividades empresariales y/o profesionales y los gastos deducibles relacionadas con éstas. Pero además se permitía aplicar una deducción adicional.

En esta deducción adicional se incluyen las cantidades correspondientes a las provisiones deducibles y los gastos de difícil justificación.

Como norma general se permitía una deducción del 5% del rendimiento neto previo, es decir de esa diferencia entre ingresos y gastos. Con la Reforma mantiene este aspecto pero se acota su aplicación, ya que establece un límite de deducción de 2.000 euros anuales.

Aquellos que estén por debajo de este límite la aplicarán cono se venía haciendo hasta ahora, pero los que sobrepasen esa cantidad sólo podrán deducir los 2.000 euros y perderán el exceso, ya que no podrá trasladarse a ejercicios siguientes.

¿Qué impacto puede tener este cambio? Pues lo que supone esta medida es que aquellos con un rendimiento neto superior a 40.000 euros anuales perderán parte de la deducción. Además hay que tener en cuenta que en este concepto no sólo se incluyen los gastos de difícil justificación y que también se reflejan las provisiones (por ejemplo por las facturas no cobradas), por lo que en caso de dotar alguna provisión el nivel de ingresos sería todavía menor.

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