Las liquidaciones tributarias de enero: cuarto trimestre y cierre de ejercicio

El mes de enero es uno de los que soportan una mayor carga administrativa a nivel de presentación de impuestos, puesto que se suma la liquidación del cuarto trimestre de 2012 (correspondiente a los meses de octubre, noviembre y diciembre) y la elaboración de los resúmenes anuales.

El último trimestre del año tiene especial importancia puesto que se cierra el ejercicio, con lo cual es conveniente cuadrar datos para que no surjan diferencias en los resúmenes. Esas diferencias podrían causar el inicio de un procedimiento de comprobación tributaria o darnos problemas en el Impuesto sobre la Renta, entre otros.

El calendario que presenta la Agencia Tributaria en su sede electrónica distribuye los impuestos en dos plazos de presentación.

Hasta el día 21 podemos presentar los modelos de retenciones:

  • Retenciones del trabajo o de actividades económicas (modelo 111).
  • Retenciones procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos (modelo 115).
  • Retenciones de rentas obtenidas por personas o entidades sin establecimiento permanente (modelo 216).
  • Retenciones aplicables a determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta o rendimientos de capital mobiliario (modelos 117, 123, 124, 126, 128).

Hasta el día 30 podemos presentar:

  • Pagos fraccionados de Renta (modelo 130 para estimación directa y 131 para estimación objetiva) correspondientes al cuarto trimestre de 2012.
  • Declaraciones de IVA: modelo 303 (régimen general) y 311(régimen simplificado); no periódicas (modelo 309) y el resumen anual de 2012 (modelo 390).
  • Cuarto trimestre y declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (modelo 349) y las operaciones asimiladas a importaciones (modelo 380).
  • Modelos correspondientes a grupos de entidades (322 y 353) y operaciones incluidas en los libros registro de IVA e IGIC (modelo 340). Regímenes general y simplificado (modelo 371).

Los resúmenes anuales de retenciones (modelos 180,188,190,193, 193,194) tendrán de plazo hasta el día 20 si se presentan en papel impreso, y hasta el 31 si se opta por el envío telemático.

Los pagos domiciliados hay que presentarlos como último día el 15, para aquellos que vencen el 21, y el 25 para los que vencen el 30.

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