Los nuevos modelos 303 y 036 para utilizar a partir de 2014

La Orden 2215/2013, de 26 de noviembre introdujo modificaciones en los modelo 303 (autoliquidación trimestral de IVA) y 036 (modelo censal). Estas modificaciones obedecen sobre todo a la necesidad de recoger la información de las declaraciones acogidas al criterio de caja, pero también a un afán de simplifación administrativa, puesto se eliminan modelos al contener el nuevo 303 la información a la que iban referidos.

El nuevo modelo de IVA presenta las siguientes modificaciones:

  • Integra los modelos 310, 311, 370 y 371, los cuales quedan eliminados a partir de la entrada en vigor de esta Orden. Los que declaren en el régimen simplificado de IVA utilizarán también el 303, que contará con hojas adicionales para la información de módulos.
  • Incluye casillas adicionales para indicar las operaciones de modificación de bases imponibles (bases imponibles y cuotas deducibles rectificadas) y las adquisiciones intracomunitarias de bienes y servicios, así como el resto de operaciones en las que se produzca la inversión del sujeto pasivo.
  • Se incorporan también dos nuevas casillas que permiten optar o revocar la aplicación de la prorrata especial en la última declaración-liquidación del ejercicio.
  • El modelo incluye un apartado en el que los sujetos pasivos que se hubieran declarado en concurso en el periodo que se liquida indicarán si la liquidación es preconcursal o postconcursal.

En relación al criterio de caja, se incluirá la siguiente información:

  • Se identificarán los contribuyentes que hayan optado por la aplicación del criterio de caja, pero también los destinatarios de operaciones realizadas según este criterio, detallando los importes de las operaciones realizadas seg cún este régimen.
  • Los contribuyentes que hubieran optado por la aplicación del criterio de caja indicarán separadamente los importes de las operaciones que hayan efectuado por devengo.

En lo que respecta a los modelos censales 036 y 037, se incorporan casillas identificativas que permiten comunicar el alta o la baja en la condición de Emprendedor de Responsabilidad Limitada así como la inclusión, exclusión, renuncia, revocación a la renuncia o baja en el régimen especial del criterio de caja.

Aunque los modelos serán más complejos como ocurre, por ejemplo, en el caso del 303, que tendrá más páginas, eso no significa que su cumplimentación sea más dificultosa. Los que se acojan a IVA de caja sí tendrán que incluir mayor detalle, pero el resto de contribuyentes no notarán muchas diferencias con respecto al procedimiento que utilizaban hasta ahora.

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