Los seguros de salud, interesante desgravación para autónomos y empresas

Los seguros de salud ofrecen una interesante desgravación fiscal, tanto para autónomos como para empresas. El IRPF permite la deduccción de las primas pagadas por los seguros de enfermedad y asistencia médica hasta un límite de quinientos euros anuales.

La deducción no sólo se aplica a los seguros contratados por el autónomo, también se incluyen los de sus familiares directos(conyuge e hijos menores de 25 años) y el límite es individual, es decir los quinientos euros anuales son para cada persona.

Esta deducción también se aplica a las empresas que contraten el seguro para sus empleados. En este caso, como en el anterior, se podrán deducir las primas pagadas por la empresa hasta el límite de quinientos euros anuales por persona, se incluyen también los familiares directos de los trabajadores.

A la hora de que se decida la contratación de este tipo de seguros deberá hacerlo directamente la empresa, a través de un seguros colectivo que incluya unas determinadas coberturas, si bien se admite la posibilidad de que al seguro base cada trabajador pueda aplicar una ampliación de esas coberturas, corriendo éste con la sobre-prima correspondiente.

En el primer caso el pago del seguro no se considerará retribución en especie salvo por los importes que excedan el límite de los quinientos euros anuales. Si se aplicara la segunda opción, el límite de los quinientos euros se mantiene, pero además las primas pagadas por el trabajador por la ampliación del seguro no serán desgravables.

La deducción se aplica sólo cuando el tomador del seguro sea la empresa, por lo que si lo contrata el trabajador no se obtendrá ningún beneficio fiscal.

En el BBVA se pueden contratar este tipo de seguros con las condiciones necesarias para aplicar las desgravaciones fiscales antes indicadas.

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