¿Para qué se utilizan los servicios telemáticos de la Agencia Tributaria?

Desde que se inauguró la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, son muchas las operaciones que pueden realizarse por medios telemáticos, sin necesidad de realizar desplazamientos ni aguardar largas colas. Además, este sistema no está sujeto a horarios, puesto que la Sede Electrónica está siempre en funcionamiento. Esto evita que el contribuyente tenga que pasar apuros a causa del vencimiento de los plazos.

La presentación de documentos por esta vía exige estar en posesión de un D.N.I electrónico o de un certificado digital, que aseguran la identificación del presentador y lo reconocen como autorizado para la realización del trámite. Las entidades mercantiles deben presentar realizar telemáticamente un gran número de trámites que. Las personas físicas y autónomos, sin embargo pueden hacerlo así de manera voluntaria o recurrir a la presentación tradicional en papel.

Trámites obligatorios

Las entidades, tengan o no personalidad jurídica, deben presentar obligatoriamente por medios telemáticos todas las autoliquidaciones trimestrales y declaraciones anuales (IVA, retenciones tanto de alquileres, profesionales o trabajadores, pagos a cuenta de Sociedades, modelo 349, modelo 347, resumen de IVA, resúmenes de alquileres (modelo 180) y de retenciones de profesionales y de trabajadores (modelo 190), Impuesto sobre Sociedades… También es obligatoria la presentación telemática de las solicitudes de aplazamientos.

Para realizar la presentación, se graban los datos en un fichero confeccionado con un programa de ayuda. El fichero se importa desde la Sede Electrónica y se procede al envío. Se recibe entonces un justificante de respuesta que justifica la correcta recepción. Las autoliquidaciones pueden cumplimentarse directamente en la página de la AEAT. Los modelos así presentados pueden descargarse todas las veces que sea necesario. Cada descarga tiene validez de original.

Trámites voluntarios

Los trámites que pueden realizarse voluntariamente desde la Sede Electrónica son muy numerosos. Enumeramos a continuación los más utilizados:

  • Interposición de recursos.
  • Contestación a requerimientos y notificaciones recibidas de la Agencia Tributaria.
  • Solicitud e impresión de etiquetas identificativas.
  • Solicitud y emisión de certificados tributarios. Los más solicitados son los que acreditan estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
  • Solicitud y obtención de certificados de contratistas y subcontratistas.
  • Certificaciones catastrales.
  • Presentación de declaraciones censales.

Como podemos ver, la Sede Electrónica no se ciñe tan solo al uso profesional, como erróneamente suele pensarse. Cualquier ciudadano puede beneficiarse de este sistema, que ofrece ademas la ventaja de la rapidez. Los trámites realizados de este modo reciben más pronta contestación, puesto que no es necesario grabarlos, como ocurre con la documentación que se presenta en soporte físico. Esto hace que muchas veces se acuda a la presentación tradicional, cuando se quiere dilatar un procedimiento.

Ver los comentarios

No hay comentarios aún.

Deja un comentrio