¿Qué documentación debe aportarse para justificar un despido por causas económicas?

Las causas económicas es la razón que fundamenta un gran número de despidos en España, sobre todo desde la entrada en vigor de la reforma laboral el pasado año. Puede efectuarse un despido por causas económicas cuando la empresa se encuentra en una situación económica negativa. Esta situación se justifica cuando los ingresos obtenidos de la actividad económica disminuyen durante tres trimestres consecutivos. Sin embargo, también es válida la argumentación de unas pérdidas previstas y no solo actuales.

Podría pensarse que la previsión de pérdidas futuras permite efectuar despidos sin obstáculos, pero no es así. El 29 de octubre de 2012 se publicó el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo, suspensión de contratos y reducción de jornada, en el que se detalla la documentación necesaria para acreditar un despido colectivo por causas económicas.

  • En primer lugar, la empresa debe elaborar una memoria explicativa que que acredite los resultados de los que se desprende la situación económica negativa.
  • Adjuntará las cuentas anuales auditadas de los dos últimos ejercicios y las cuentas provisionales del ejercicio en el que se inicia el procedimiento. En caso de no estar obligada a auditar las cuentas, el administrador firmará una declaración donde lo haga constar.
  • Si se alegan pérdidas previstas como justificación del despido, la empresa añadirá a la documentación relacionada un informe donde explique los criterios utilizados para llegar a esa estimación. El informe debe basarse en los datos contenidos en las cuentas anuales. De él se concluirá si las pérdidas son transitorias o permanentes, según el sector al que permanezca la empresa, la evolución del mercado y la posición de la empresa en el mismo.
  • Si la empresa sufre una disminución persistente del nivel de ingresos, deberá añadirse documentación fiscal o contable que acredite la misma, al menos durante los tres trimestres consecutivos inmediatamente anteriores a la fecha de la comunicación del despido. Presentará los mismos documentos con respecto a las ventas de los mismos trimestres del año anterior.

Aunque estos requisitos son exigibles a los despidos colectivos, también deben observarse cuando el afectado es un solo trabajador. La documentación aportada debe dejar claro, sin lugar a dudas, que el procedimiento es necesario para la continuidad de la empresa. Los aspectos formales son de vital importancia para evitar un uso arbitrario de la ley.

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