¿Qué ventajas ofrece la figura del autónomo de responsabilidad limitada?

La figura del autónomo de responsabilidad limitada es un proyecto puesto en marcha por el gobierno que se encuentra incluido en el anteproyecto de la Ley de Emprendedores, aprobada el pasado 24 de mayo. El objetivo es incentivar la creación de empleo por cuenta propia, suavizando aquellos aspectos de la misma que la presentan como una alternativa poco atractiva al empleo asalariado.

Como sabemos, una de las principales diferencias entre establecerse como empresario autónomo y constituir una entidad mercantil radica en el tema de la responsabilidad. El autónomo responde de sus actuaciones y de las deudas contraídas en el ejercicio de su actividad con todos sus bienes, presentes y futuros. No hay diferencia entre el patrimonio empresarial y el personal. Sin embargo, las personas jurídicas tienen, como su nombre indica, su responsabilidad limitada al importe del capital social.

A qué se aplica la limitación de responsabilidad

Con la creación del autónomo de responsabilidad limitada, se pretende salvaguardar una parte del patrimonio del autónomo en caso de fracaso empresarial, de tal manera que no tendrá que responder con todos sus bienes de las obligaciones contraídas en su negocio. La vivienda habitual no podrá ser objeto de embargo por deudas si su valor no sobrepasa los 300.000 euros. El vehículo particular también estará libre de embargo hasta el importe de 25.000 euros.

A su vez, se pretende que el autónomo que ha tenido mala suerte en su empresa pueda negociar las deudas con los acreedores, sin llegar a procedimientos judiciales. No obstante, las deudas con la Administración no estarían incluidas en este punto. Si tenemos en cuenta que éstas suelen ocupar una puesto importante en el endeudamiento empresarial y que la Administración dispone de un eficaz mecanismo de gestión de reclamaciones y embargos, podemos deducir que la medida se queda corta en su afán de proteger al autónomo.

La limitación de responsabilidad no se aplicará si las obligaciones contraídas se deben a un actuación fraudulenta o negligente del autónomo en el cumplimiento de sus obligaciones con terceros. Tampoco podrán acogerse a esta limitación las deudas derivadas de retenciones no ingresadas a trabajadores o profesionales ni las deudas con la Seguridad Social.

Protección ante el embargo

El autónomo de responsabilidad limitada deberá inscribirse en el Registro Mercantil de su provincia, tal como ocurre con las sociedades de capital. La inscripción constará en toda la documentación mercantil referente a su actividad económica (contratos, facturas..) además de regirse por el principio de publicidad. Esto identifica la figura ante clientes y proveedores, para que puedan ejercer debidamente sus derechos.

A pesar de todo, el trabajador por cuenta propia sigue estando en desventaja en comparación con el asalariado en el tema de embargos. La Ley establece que en salario mínimo interprofesional es inembargable, para asegurar al que lo percibe la cantidad indispensable que supuestamente necesita para vivir. El autónomo, al no tener una nómina, se ve privado de esta protección. Los ingresos procedentes de su actividad económica pueden ser retenidos en su totalidad.

Mediante el procedimiento de embargo de créditos, sus clientes pueden verse obligados a ingresar a la administración las cantidades que deban pagarle, mientras tenga deudas con el estado. De este modo, el autónomo puede encontrarse sin recursos para hacer frente a los gastos diarios de su actividad y de su vida privada; algo que no ocurriría si fuera asalariado.

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