Autónomo o Sociedad Limitada, ¿Cómo lo monto? 2ª Parte

Hemos tratado ya en la 1ª parte el tema de la constitución como autónomo, lo que se refiere al trámite formal y reglamentario. Ahora vamos a seguir avanzando en temas como son: Costes, Impuestos, Imagen,…

Costes

Estas gestiones diferentes en su tramitación se traducen en unos costes entre ambas formas. Mientras que los pasos a seguir de un autónomo, menos y más simples, si los haces tú mismo, son CERO. Hacerlo en la forma de sociedad limitada implican una serie de gestiones ya comentadas ante el Registro Mercantil Central, ante el banco, en notaria, Hacienda, Seguridad Social,…, mucho más complicadas que pueden hasta requerir del asesoramiento y servicios de un experto, que implican un desembolso de gastos que puede rondar los 800 euros, al margen de la aportación mínima de capital social de 3.006 euros.

Esta diferencia de gastos en la constitución, va a perdurar a lo largo del desarrollo de la vida económica de la empresa. Los gastos operativos o de gestión serán diferentes en cada caso. Al comenzar a operar nos dedicaremos íntegramente al desarrollo de nuestra actividad, el tema de la gestión de impuestos, balances, y otros trámites de obligado cumplimiento, normalmente se lo encargaremos a un gestor, que por su experiencia y conocimiento, nos podrá aconsejar adecuadamente en temas legales, hagamos una buena elección, dejémonos aconsejar por alguien de nuestra confianza.

Para un autónomo, la documentación es más simple, el gasto de su gestión asciende a unos 100 euros al mes, es decir, 1.200 euros anuales. Una sociedad necesita cumplir muchos más requisitos formales a lo largo del ejercicio, como son llevar una contabilidad, las cuentas anuales, impuesto de sociedades, IVA declaraciones trimestrales y resumen anual, operaciones con terceros, …, esto hace que su gastos anual pueda alcanzar los 3.000 euros.

Impuestos

Los impuestos a satisfacer en ambos casos son diferentes, lo son desde un primer momento por la forma de conceptuar los gastos así como los ingresos, pero sobre todo por el tipo impositivo que grava la base imponible en el Impuesto de Sociedades y en el IRPF.

El impuesto de sociedades, para las pequeñas empresas, está establecido en el 25% sobre beneficios siempre que estos no superen los 300.000 euros. El empresario individual tributa en la declaración de la renta a su tipo gravamen que, según la última reforma, se sitúa entre el 19% y el 47%, en función a su base imponible. Un cálculo medio establece que en caso de obtener beneficios superiores a 30.000€, le conviene tributar por impuesto de sociedades al tipo fijo del 25%.

Fiabilidad

Unos de los principales problemas a los que se enfrenta el autónomo es el de la financiación. Por parte de las entidades financieras se le encuadra dentro de lo que se denomina segmento de particulares, no de empresas, motivo por el cual los requisitos que se le exigen son diferentes a los de una empresa, y los productos financieros que le ofrecen tienen poco que ver con sus necesidades. Es un segmento de clientes a los que tradicionalmente se les ha prestado poca atención.

También incide en ello la distinta forma de llevar sus cuentas, el autónomo tiene una gran tendencia en declarar menos de lo que gana para evitar cumplir con sus obligaciones fiscales, suele recortar ingresos y aumentar gastos para reducir beneficios, y así reduce pagar menos impuestos.

Al banco le puede resultar más veraz una contabilidad provisional de una sociedad que los datos que pueda presentar un autónomo, pues a la empresa se le supone mayor rigor en la confección de las cuentas anuales, aunque éstas sean provisionales o parciales.

Imagen

Los proveedores miran de forma diferente a las empresas, como autónomo te pueden poner muchas pegas, como empresa la cosa es diferente, saben que hay un proyecto real, que hay una intención de continuidad, y las condiciones y el trato son totalmente diferentes.

Para muchas actividades comerciales es prácticamente imprescindible tener la naturaleza jurídica de sociedad, las grandes empresas te exigen que operes bajo esta forma jurídica. Las sociedades continúan proyectando en el público mejor imagen de solidez que el autónomo.

En resumen, podríamos decir que ser autónomo es muy interesante para el autoempleo, muy especialmente si no tiene ningún tipo de dificultad en términos de responsabilidad civil. Si tu negocio es modesto, date de alta de autónomo.

Si eres más ambicioso y tienes grandes proyectos, si tienes socios, si tienes que tratar con empresas grandes o prevés necesitar financiación ajena, no le des más vueltas, tu elección debe ser como sociedad.

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