Cuenta atrás para el 347 y primeras declaraciones fiscales del año 2015

Poco le queda ya a la contabilidad del 2014, una vez presentado el modelo 390 y la última liquidación de IVA del año 2014, los últimos ajustes contables afinaran el resultado del ejercicio para la presentación del impuesto de sociedades, pero mientras en paralelo a estos apuntes un nuevo año fiscal comienza, presentándose las primeras liquidaciones de impuestos del año 2015 el próximo 20 de febrero.

Durante este mes de febrero echaremos en falta el modelo 347 que, si bien se debe de presentar durante el mes de febrero, al ser el sabado su plazo se prolonga hasta el 2 de marzo.

Debemos de presentar especial atención a este nuevo año fiscal que comienza, ya que la presión fiscal sobre las empresas y autónomos no cesa, animada por los incentivos de los inspectores de hacienda, que se afanan en detectar no solo fraude, si no que también recaudan por errores u omisiones de información.

Por ejemplo, en el caso del modelo 347, la sanción es de 20 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a una misma persona o entidad que se hayan omitido.

Declaraciones a presentar durante el mes de febrero

En relación a las retenciones sobre el impuesto sobre la renta y sociedades antes del 20 de febrero las grandes empresas deben de presentar los modelos 111,115,117,123,124,126,128, y 230 relativos a retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.

En lo relativo al impuesto sobre el valor añadido, las grandes empresas deben de presentar la autoliquidación del IVA (modelo 303) del mes de enero, también los grupos de entidades deben de presentar el modelo 322. Otros modelos que deben de presentar los obligados tributarios son:

  • El modelo 340, donde se declaran las operaciones incluidas en los libros registro del IVA e IGIC y otras operaciones.
  • El modelo 349 donde se detallan las operaciones intracomunitarias.
  • El modelo 353 para los grupos de entidades.
  • El modelo 380 de operaciones asimiladas a las importaciones.

Además las grandes empresas deben de presentar los impuestos especiales de fabricación y también se deben de presentar otros modelos más específicos como el 430 de las primas de seguros y del cuarto trimestre del 2014 el pago fraccionado de impuestos medioambientales (modelo 583).

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