Los costes laborales a tener en cuenta a la hora de contratar

Cuando una empresa se plantea contratar a un trabajador debemos tener en cuenta los costes laborales que eso acarrea. En mayor o menor medida se asume el salario y la cotización de la Seguridad pero muchas veces no se sabe ni a cuanto asciende ni otros costes asociados.

Salario y Seguridad Social

Para hacer el cálculo preciso debemos fijarnos en el convenio del sector al que pertenece la empresa. En función de la categoría laboral y del puesto que ocupe dicho empleado obtendremos el salario que debemos pagarle y su distribución, en función de las pagas extra contempladas en el propio convenio.

Una vez que sabemos el salario bruto anual podremos calcular el coste de Seguridad Social. Hay que tener en cuenta que en este aspecto puede haber una variación sustancial en función del puesto de trabajo ya que la cobertura de accidentes de trabajo y enfermedad profesional depende de esa función. No cotiza lo mismo un trabajador con mayor riesgo de accidente, por ejemplo un peón en una obra, que otro con menos, un administrativo, independientemente de que trabajaran en la misma empresa y tuvieran un salario similar.

Debemos considerar que el coste aproximado de Seguridad Social viene a estar en el entorno del 35-40% del salario bruto del trabajador.

Otros costes asociados

Pero además hay que tener en cuenta otros costes añadidos. Por un lado el convenio puede obligar a la empresa a contratar un seguro de accidentes que incluya a todos los trabajadores. El coste de este seguro también depende de la actividad de la empresa y del número de trabajadores.

La Ley de prevención de riesgos laborales y el propio convenio incluyen la obligación de tener cubierta la vigilancia e la salud de los trabajadores. En este caso habría que tener contratado un reconocimiento médico anual para cada trabajador. Las propias empresas de prevención ofrecen este servicio y su coste dependerá, lógicamente, del número de trabajadores.

Por último, y aunque en la mayoría de los casos no son obligatorios sino que se asumen por interés fiscal para la empresa, cabe citar que la empresa puede tener suscritos seguros médicos o planes de pensiones para los empleados. El Impuesto de Sociedades, o el IRPF en el caso de los autónomos, permite deducir un gasto anual por estos conceptos por lo que si la empresa quiere beneficiarse de esa deducción y, por otro lado, favorecer o incentivar a sus trabajadores podría contratar alguno de esos productos.

Calculemos el coste total

A la hora de calcular el coste real del trabajador tomaremos el salario bruto anual (incluidas las pagas extra), a esa cantidad le sumaremos la resultante de aplicar la cotización a la Seguridad Social, estimemos una media del 35% sobre ese salario bruto, y le sumaremos la parte proporcional de esos seguros colectivos y costes de cumplir los riesgos laborales.

Podemos obtener con mayor precisión el coste total añadiendo los gastos que puedan derivarse del trabajador: ropa, herramientas de trabajo, equipos informáticos, etc. También incluiremos la repercusión de las vacaciones, periodo que hay que pagar y en el que no se trabaja y que se estima en un 8,4% más, e incluso el coste del despido del trabajador como una contingencia que pudiera darse en el futuro (coste aproximado de 3,75 días de salario por mes).

El total resultante tras sumar todos estos apartados es el coste final que supone para la empresa cada uno de sus trabajadores.

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