El mes de enero nos presenta una gran cantidad de obligaciones fiscales, puesto que a las liquidaciones mensuales y trimestrales hay que añadir la presentación de resúmenes anuales de diversos impuestos (IVA, retenciones), al producirse el cierre del ejercicio.
El mes se reparte en tres plazos, atendiendo a la liquidación de que se trate.
Hasta el día 20:
- Cuarto trimestre de retenciones de trabajadores y profesionales, de arrendamientos de inmuebles, de rendimientos del capital mobiliario y otras retenciones, como las de los premios de loterías y apuestas. Modelos 111,115,117,123,124,126,128,136.
- Retenciones e ingresos a cuenta correspondientes al mes de diciembre para grandes empresas.
- Comunicación de incorporaciones en el mes de diciembre al régimen especial del grupo de entidades, (modelo 039) y cuarto trimestre de IVA de los servicios prestados por vía electrónica, (modelo 367).
- Impuesto sobre primas de seguros, especiales de fabricación, impuestos medioambientales y del carbón.
Hasta el día 30:
- Renta: cuarto trimestre de los pagos fraccionados, modelos 130 (estimación directa y 131 (estimación objetiva).
- IVA: cuarto trimestre del régimen general, (modelo 303) y simplificado (modelo 311), régimen general y simplificado (modelo 371), declaración no periódica (modelo 309).
- Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (modelo 349) y operaciones asimiladas a importaciones (modelo 380).
- Liquidaciones de IVA correspondientes al mes de diciembre de los modelos 303,322,340,349,353,380 para grandes empresas.
- Resumen anual de IVA (modelo 390).
- Solicitud de devolución recargo de equivalencia y sujetos pasivos ocasionales, (modelo 308).
- Reintegro de compensaciones en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca, (modelo 341).
Hasta el 31:
- Renta y sociedades: resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo y actividades económicas, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, personas autorizadas, saldos en cuentas y ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva. Modelos 180,188,190,193,194,196,270.
- Declaraciones informativas de certificaciones emitidas a los socios o partícipes de entidades de nueva creación, donativos y aportaciones recibidas y disposiciones realizadas, declaración informativa de préstamos y créditos y otras operaciones financieras relacionadas con bienes inmuebles. Modelos 165,181,182,187,192,198.
Como novedades cabe destacar la eliminación del papel pre-impreso para la presentación de todas las declaraciones informativas desde el 1 de enero, hecho que afecta a los resúmenes de retenciones y de IVA, modelos 180, 190 Y 390, con plazo de presentación en enero. Los modelos 180 y 190 deberán transmitirse por medios telemáticos. El 390 podrá enviarse también mediante SMS.
Las liquidaciones del modelo 303 y del 111 que se devengan a partir del presente ejercicio tampoco podrán presentarse en papel pre-impreso, en un intento de la administración por agilizar y fomentar los trámites telemáticos.
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