¿Qué información recoge el modelo 184?

El modelo 184 es una declaración informativa anual que deben presentar las entidades en atribución de renta, como pueden ser las sociedades civiles. En él se declaran una serie de rentas que la entidad ha obtenido en el año natural precedente y se indica el importe que se atribuye a cada miembro de la misma en proporción a su porcentaje de participación. Si la renta estuviera sometida a retención o ingreso a cuenta, se indicará la misma en la casilla correspondiente.

Las entidades en atribución de rentas mediante las que no se ejerzan actividades económicas y cuyas rentas no excedan de 3.000 euros anuales no tienen que presentar el modelo. Tampoco estarán obligadas las entidades constituidas en el extranjero que obtengan rentas en territorio español sin desarrollar en el mismo una actividad económica.

Qué operaciones hay que declarar

En el modelo 184 se incluirán las rentas siguientes, calculadas por diferencia entre ingresos y gastos:

  • Rendimientos capital mobiliario. Si alguno de los miembros es contribuyente de IRPF y le es de aplicación la reducción artículo 26.2 de dicha Ley, se consignará el importe de la misma.
  • Rendimientos capital inmobiliario. Al igual que en el punto anterior, se consignará a cada miembro la reducción que proceda, según el caso.
  • Rendimientos actividades económicas. Este rendimiento se calculará aplicando las normas del IRPF, como se haría si en lugar de una entidad se tratara de un empresario autónomo que declarara en estimación directa. Esto obligaría a cada partícipe a darse de alta en la presentación trimestral de los pagos a cuenta del IRFF, modelo 130, en los que se atribuirán el reparto del rendimiento neto obtenido por la entidad en cada trimestre. El importe de los pagos a cuenta a ingresar así obtenidos no se deducirá en el modelo, sino en la declaración de la Renta de cada uno de cada partícipe.

Si la entidad ejerciera una actividad económica sujeta a módulos, se atribuirá igualmente el rendimiento neto de forma trimestral. Las reducciones aplicables se aplicarán individualmente en la Renta.

  • Rentas contabilizadas derivadas de Instituciones de inversión colectiva. Esta renta sólo es atribuible a los miembros de la entidad que sean sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades o contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente.
  • Ganancias y Pérdidas patrimoniales. Tanto las derivadas o no de transmisiones de elementos patrimoniales. Se consignará el importe de las ganancias o pérdidas netas.

Si algún participe hubiera sido miembro de la entidad durante un período de tiempo inferior a 365 días, la atribución se calculará de manera proporcional al número de días que corresponda. La entidad deberá entregar a cada partícipe un certificado acreditativo de la atribución declarada para confeccionar la declaración de la Renta.

El modelo 184 se encuentra actualmente en plazo voluntario de presentación hasta el 28 de febrero. Su envío debe efectuarse por medios telemáticos.

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